Ordenanza Nº 2772 | Reg HCD Nº 2620 | Expte: D-11171/17 | Sancionada el 04/12/2017 |
Programa de adjudicacion de lotes | ||
Apruébase el Programa de Adjudicación de Lotes acompañado en el Anexo I.
En el anexo se encuentran las condiciones para ser adjudicatarios: Residente Geselino: 5 años de residencia en el Partido de Villa Gesell, acreditable mediante recibo de sueldo de trabajo permanente (de relación ininterrumpida) y/o contrato de alquiler sellado y/o certificado de institución educativa convalidada por el Ministerio de Educación y/o comprobante de pago de impuestos y/o servicios. En el caso de extranjeros, deberán acreditar además 5 años de radicación en el paÃs. Edad para acceder a la compra del terreno: entre 18 y 70 años, a partir de la fecha de inscripción al Registro de Demanda Habitacional. Edad máxima al cancelar el crédito: 80 años. En caso de fallecimiento del/a titular, los herederos se constituirán como deudores. Ingresos mÃnimos: $96.000 anuales. Se consideran los ingresos netos del solicitante (sumando, cuando hubiera, los ingresos por una segunda actividad) y los de su cónyuge o concubino/a, en cuyo caso se constituirá en “codeudorâ€. No contar con ningún bien inmueble a su nombre. |
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Despacho de Comisión de: s/d | ||
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