Ordenanza 2790/18 FECHA DE SANCIÓN: 7 de Mayo de 2018.- NUMERO DE REGISTRO: 2646 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-11099/17.- VISTO: El Expediente D-11099/17; y CONSIDERANDO: Que de las tramitaciones administrativas se desprende que el Señor Ricardo Juan Morelli, titular de la Cuenta Municipal 14956001, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como VI-H-I-4, solicita se condone la deuda de los ejercicios fiscales 2010, 2011, 1012 y 2013 Que, en las actuaciones ante el Departamento Ejecutivo que constan en el Expediente D-11099/17, el Señor Morelli acredita su situación mediante informe socio económico de la Secretaría de Acción Social; Que, el Articulo 88º del Código Tributario establece los lineamientos generales para que el Departamento Ejecutivo otorgue eximiciones de pago de tasas a Jubilados y Pensionados, requisitos acreditados por el solicitante, durante el ejercicio en curso de acuerdo a la manda del Art. 40º de la LOM; Que, la Ley 14048 faculta a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a condonar hasta la totalidad del capital, como así también los intereses de las tasas municipales cuando razones sociales así lo justifiquen y siempre que se contare para ello con la aprobación por Ordenanza de los respectivos Honorables Concejos Deliberantes; Que el Honorable Tribunal de Cuentas mediante dictamen del 2 de Mayo de 2016 y en relación a la competencia del Honorable Concejo Deliberante para realizar condonaciones de deudas ha sostenido este lineamiento al señalar que “.. los Municipios pueden condonar deudas en el marco de las facultades concedidas a los Concejos Deliberantes por el Art. 56º de la LOM, ante pedidos expresos de contribuyentes debidamente fundados en razones socioeconómicas; Que, del dictamen de la Asesoría Legal del Municipio con fecha 22 de Enero de 2015 se desprende que la cuenta estuvo eximida hasta el año 2009 y luego por el año 2014, de acuerdo a lo preceptuado por el Artículo 88º del Código Tributario (Ordenanza 2156 y sus modificatorias).- Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Condonase la deuda para los Ejercicios Fiscales 2010, 2011, 1012 y ——————- 2013 de la Cuenta Municipal 14956001, correspondiente al inmueble identificado catastralmente como VI-H-I-4; titular Ricardo Juan Morelli.— ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.—