2850/18 FECHA DE SANCIÓN: 5 de Noviembre de 2018.- NUMERO DE REGISTRO: 2705 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-12295/18.- VISTO: El traslado de la Terminal de Ómnibus, y la falta de actividades alternativas en el edificio de la ex Terminal; y CONSIDERANDO: Que, en necesario atender la necesidad de los vecinos que cuentan con actividades comerciales en la ex Terminal.- Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Exceptúase a los titulares de los comercios ubicados dentro del edificio ——————- de la ex Terminal, CIR VI, SECC R, MANZANA 8, PARCELA 1ª; el 100% de las obligaciones tributarias año 2018, correspondientes a las siguientes tasas: Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias (Art. 160 CT).- Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (Art. 176 CT).- Tasa generadores de residuos (Art. 183 CT).— ARTÍCULO 2º: Aquellos contribuyentes mencionados en el Artículo 1º que haya ——————– cumplido con las obligaciones mencionadas en los artículos precedentes, se les deberá computar el pago como crédito fiscal para el ejercicio 2019.— ARTICULO 3º: A los efectos de hacer efectivo el descuento, el contribuyente deberá ——————– presentarse en la Municipalidad con la Habilitación Comercial, y solicitar acogerse a los beneficios de la presente.— ARTICULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese