Ordenanza 2862 FECHA DE SANCIÓN: 20 de Noviembre de 2018.- NUMERO DE REGISTRO: 2716 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12422/18.- VISTO: El Expediente D-12422/18, mediante el cual el Municipal solicita la convalidación del decreto Nº 3280/18; y CONSIDERANDO: Que, como se ha mencionado en el Visto el Sr. Intendente Municipal ha solicitado la convalidación del Decreto Municipal nº 3280/18 en el cual se otorgó autorización provisoria a la Asociación Civil de Automovilismo Alta Velocidad para la realización de la 9ª fecha del Campeonato Enduro del Atlántico 2018 los días 23,24, 25 de Noviembre de 2018 en el Circuito Municipal ruta 11 kilómetro 408; Que, asimismo surge del expediente que la condición de provisoria de la autorización resultó de que al momento de emitirse la misma no se encontraban cumplidos los requisitos para su dictado en relación a la documentación que solicitó la Asesoría Legal interviniente; Que, este Honorable cuerpo de Concejales comparte el criterio indicado por la Asesoría Legal en cuanto a la emisión de un dictado provisorio en relación a la carrera lo cual no obsta a que previo a su inicio deben acreditarse el cumplimiento de la totalidad de dichos requisitos; Que, por tanto la convalidación del mencionado Decreto no importa una autorización definitiva sino simplemente la emisión de un acto convalidatorio de una autorización provisoria sujeta al cumplimiento de los requisitos que la autoridad de aplicación determinó convenientes.- Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Convalídese el Decreto Municipal Nº 3280/18 de fecha 7 de --------------------- Noviembre en referencia a la Autorización provisoria otorgada por el Intendente Municipal a la Asociación Civil de Automovilismo Alta Velocidad para la realización de la 9ª fecha del “Campeonato Enduro del Atlántico 2018” los días 23,24, 25 de Noviembre de 2018 en el Circuito Municipal ruta 11 kilómetro 408, cuya copia se acompaña en el expediente D-12422/18.----------------------------------------------------------- ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.---------------------------------