Ordenanza 2868 FECHA DE SANCIÓN: 20 de Noviembre de 2018.- NUMERO DE REGISTRO: 2727 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: B-12381/18.- VISTO: El expediente 12381/18, que propone modificaciones a la Ordenanza 2283; y CONSIDERANDO: Que resulta necesario actualizar los MULT del Art. 3º de la citada Ordenanza.- Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Modifíquese el Artículo 3º de la Ordenanza 2283, el que quedará -------------------- redactado de la siguiente forma: Artículo 3º: INFRACCIONES DE TRÁNSITO: Por las contravenciones que a ------------------ continuación se detallan, se abonará el valor equivalente en pesos al numero de MULT que se detallan: 1.- Por lavar vehículos en la vía pública: 300mults. 2.- Por desacato a la autoridad, agresión o intento de agresión, amenaza, insultos, intento de fuga o fuga: 1000 MULT.- 3.- Por contravenir cualquier otra norma de transito contemplada en la Ley Nacional 24.449 y la ley Provincial 13927 y/o otra norma que las sustituya: 600 MULT.- 4.- Por circular o estacionar vehículos de cualquier tipo, por las zonas de playa no permitidas: 2000 MULT.- En casos de reincidencia el valor se fijará en 5000 MULT.- 5.- Por acampar o estacionar permanentemente casas rodantes, trailers o similares en lugares destinadas al efecto: 1000MULT.---------------------------------------------------- ARTICULO 2º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.--------------------------------