FECHA DE SANCIÓN: 20 de Noviembre de 2018.- NUMERO DE REGISTRO: 2732 EXPEDIENTE H.C.D. Nº: D-12377/18.- VISTO: El expediente 12377/18, iniciado por el Departamento Ejecutivo; y CONSIDERANDO: Que, por el mencionado expediente se eleva el expediente Municipal 4124-4585-2018 en el que la Asesoría Letrada de la Municipalidad de Villa Gesell informa sobre sentencia firme "MARZAT LUIS ESTEBAN CONTRA MUNICIPALIDAD DE VILLA GESELL" - Letra B 63280, que la suma a abonar es de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA CON 30cvs ($ 188.530,30) y CON LA SUMA DE PESOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 35.750,-) en concepto de honorarios y aportes; Que, a fojas 3 del expediente del Visto se adjunta por Secretaría de la Suprema Corte de Justicia la disposición del Tribunal en la que aprueba la liquidación antes mencionada en concepto de indemnización desde el 22 de agosto año 2000; Que, a fojas 9 la Contaduría Municipal indica que se deberá proceder a efectuar la adecuación presupuestaria conforme lo determina el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades.- Por ello, el Honorable Concejo Deliberante sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A ARTICULO 1º: Autorizase el pago de la Sentencia Judicial Firme que surge de los -------------------- Vistos y Considerandos de la presente por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA CON TREINTA CENTAVOS ($ 188.530,30) mas la suma de PESOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 35.750,00) en concepto de Honorarios y aportes en los términos del Articulo 119º inciso a) de la Ley Orgánica Municipal.------------------------------------------ ARTÍCULO 2º: Efectúese la adecuación presupuestaria conforme al siguiente detalle: -------------------- Incrementase la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos: Jurisdicción 5 Servicios de la deuda, categoría programática 91, Deuda Flotante Imputación 8.4.6.1 Sentencias Judiciales por $ 224.280,30. Disminúyase la siguiente partida del Presupuesto de Gastos: Jurisdicción 5 Servicios de la deuda, categoría programática 91, Deuda Flotante Imputación 7.6.1.0 Disminución de Cuentas Comerciales a pagar a corto plazo por $ 224.280,30.--------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y cumplido archívese.--------------------------------